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Cumplir normativa seguridad en baños accesibles uso público

A partir del 2017 debemos cumplir normativa de seguridad en baños accesibles de uso público. Seguridad, utilización y accesibilidad obligatoria en CTE. No me voy a referir a la parte de accesibilidad física, la cual, ya está muy trillada y es sobradamente conocida, y si que quiero enfocar este post a la parte menos conocida y aún poco sancionada que es -seguridad y utilización-.

Desde el año 2007 es obligado disponer de seguridad contra accidentes en baños accesibles de uso público en todas aquellas instalaciones que ofrezcan un servicio público. Desde el 2007 es obligatorio para todas las nuevas construcciones pero desde el próximo diciembre 2017, año en el que expira el periodo de carencia, será obligatorio para todos los edificios construidos con anterioridad al 2007.

Cumplir normativa seguridad en baños accesibles uso público

Hasta ahora, y nos ha costado mucho, nos conformamos con cumplir únicamente la parte de código técnico que habla de la accesibilidad pero no estamos consiguiendo cumplir la parte referida a utilización y seguridad (SUA significa – Seguridad, Utilización y Accesibilidad).

En nuestro país, hemos dado un gran paso en la conciencia de la accesibilidad. Parece que ha dejado de ser un añadido o en muchos casos una adaptación, para formar parte de la vida cotidiana de todas las personas aunque aún queda un largo camino de adaptaciones de construcciones antiguas que por diversas causas continúan siendo inaccesibles.

Sea como fuere, ya se incorpora una obligatoriedad de seguridad, utilización y accesibilidad en el código técnico de la edificación (CTE) … y esto es un enorme paso hacia la madurez como sociedad.

¿Qué nos indica la normativa de seguridad Safety CTE-SUA 3?

“En zonas de uso público, los aseos accesibles y cabinas de vestuarios accesibles dispondrán de un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se transmita una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control y que permita al usuario verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas.”

Este requerimiento no aparece en el documento de -accesibilidad- sino en el de –seguridad frente al riesgo de aprisionamiento-, por lo que en muchas ocasiones pasa desapercibido.

¿Cuál sería el funcionamiento práctico de cumplir CTE DB SUA 3?

La solución es implantar un sistema de aviso de emergencia y llamada de asistencia. 

Primero y básico.

La configuración más básica sería la instalación de –un pulsador accesible con cordón incorporado-, instalado en el interior del baño asistido, con función de reset y una baliza acústico luminosa en el exterior del mismo. Esta baliza se puede instalar en un paso frecuente de personas para que cualquier persona que vea la señal pudiera entrar en el aseo y asistir a la persona. También es viable instalar la baliza en un puesto de control, dentro del edificio y que se garantice que esté asistido (de nada sirve instalar una baliza avisadora en un cuarto donde nadie la puede ver).

Si además de cumplir, queremos hacerlo bien.

En este caso anterior, aunque el pulsador dispone de un cordón de longitud variable, en la mayoría de los casos esto no garantiza que una persona que ha sufrido una caída pueda accionar el aviso. Para solventar esta situación, es recomendable, aunque encarece la instalación, añadir al aseo, un detector de caídas con forma longitudinal que se instala en una de las paredes del baño y de esta forma, el detector comunica la situación a la baliza exterior.

Máxima sensibilidad hacia las personas.

En algunas comunidades autónomas, que han entendido muy bien el problema que existe para muchos ciudadanos, además es obligatorio, la instalación de una baliza de señalización en el interior del baño, que avise a una persona con problemas de audición, de que existe un incendio en el exterior. La solución es sencilla, bastaría con instalar una baliza luminosa conectada al sistema de incendios.

A considerar.

Lógicamente, ambos dispositivos; pulsador de emergencias y detector de caídas, tienen que disponer de función de reset para evitar el envío de falsas alarmas.

Gráfico completo de un baño seguro, utilizable y accesible (SUA 3, SUA9). 

Sistema totalmente libre de cables físicos (sistema 100% inalámbrico).

¿Cómo solventar la normativa SUA en grandes o complejas instalaciones?

Para instalaciones más complejas, donde existen muchos metros desde el baño hasta el puesto de control o porque el número de baños sea elevado y resulte complicado poder señalizar en una única baliza, se puede utilizar una pasarela domótica, que gracias a su posibilidad de conectarse a Internet, puede enviar el aviso de la emergencia a un teléfono móvil.

Los dispositivos instalados en el baño se comunican con la pasarela vía radiofrecuencia, y esta vía IP, envía el aviso al terminal móvil mediante una aplicación. También podría enviar un correo electrónico por lo que hace posible la recepción de avisos en un ordenador. Esta solución es especialmente útil porque la complejidad del edificio deja de ser un problema y porque permite la movilidad de la persona encargada de recibir los avisos.

Cada fabricante tiene su solución para el sistema de aviso de emergencia y algunos ya ofrecen una pequeña consultoría de accesibilidad tecnológica gratuita.

¿Quienes son los perjudicados de los incumplimientos en la normativa SUA?

Independientemente de los propietarios que no cumplen, los más perjudicados somos nosotros, la sociedad en su conjunto. Nos cuesta entender que el derecho a la seguridad del entorno, la facilidad de utilización y la accesibilidad, nos ayuda a nosotros, a nuestros hijos y a nuestros mayores.

La seguridad en los aseos es importante, no solo porque así lo indique una normativa, si no porque, no dejan de ser el espacio donde existe un mayor riesgo de poder sufrir caídas o cualquier otra situación de emergencia. Y no menos importante, es el hecho de que el baño debe ser un lugar accesible para entrar en él y que permita que todas las personas puedan mantener el mismo nivel de privacidad cuando están en su interior.

Muchas personas con discapacidad confiesan que en muchos casos no pueden acceder al pestillo del baño por lo que tienen que dejar la puerta sin bloquear.

¿Por qué no se cumple la normativa SUA para baños asistidos?

En el mercado, ya existen soluciones sencillas que permiten adaptarse a todo tipo de situaciones y entornos (inalámbricos sin cables), cumpliendo con la normativa a precios asumibles para cualquier negocio. No compensa una posible sanción, ni la pesadumbre de saber que estas discriminando a un ciudadano.

Si ya disponemos de una normativa y la tecnología permite diferentes grados de exigencia y precios …

¿Por qué, aún no se cumple?

Ajustes razonables para aseos asistidos de uso público

También se contempla lo que se llama -ajustes razonables- y que es referido a que ante la imposibilidad de diseño arquitectónico o de patrimonio, ciertas instalaciones, pudieran obtener una dispensa para no tener la obligación de adecuarse a normativa.

Ángel Olleros: