Puertas emergencia y evacuación-www.angelolleros
26/1/2015

Salidas de emergencia adecuadas a evacuación

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Ideas para salidas de emergencia adecuadas a evacuación según normativas EN179, EN1125 y EN13637. Control de aforo, control de robo, control de rutas. Hay que diferenciar las señales de alarma para que estas sean más efectivas, os sugiero separar; sistemas de fuego – sistemas de intrusión y salidas de emergencia.

En este post os aporto nuevas ideas, económicas, para equipar las salidas de emergencia y para cualquier tipo de puertas que deseemos tener controladas sin necesidad de complejas instalaciones, ni instalación de cámaras.

  • Podremos aumentar el control de uso debido e indebido.
  • El 25% de la pérdida desconocida es producida a través de salidas de emergencia no controladas.
  • Trabajar la cota psicológica de la disuasión, aplicable a todo tipo de edificios y usuarios.
  • Evitar daños a niños y a personas dependientes (guarderías-residencias).

Normativas para salidas de emergencia y puertas en ruta de evacuación

En la actualidad tenemos diferentes posibilidades técnicas, combinables entre sí, que solventan casi todas las situaciones y dejan sin argumentos a los proyectistas, propietarios y mantenedores que tienen lamentables instalaciones, bien por desconocimiento, desidia en su responsabilidad, o muy habitualmente por querer ahorrar dinero de donde no se debe. Como he mencionado anteriormente, en ocasiones también nos enfrentamos al inmovilismo de los técnicos del Ayuntamiento y a las propias normas de la administración de turno, que tampoco están muy actualizadas que digamos, y no se lo ponen fácil al empresario.

Normas puertas emergencia y evacuación by angel ollerosConoce los detalles de normativas de evacuación EN179, EN1125 y EN13637

Norma EN179 para puertas de emergencia controladas mecánicamente

Se permite el uso de dispositivos mecánicos aplicando entra norma para salidas de emergencia en zonas con usuarios habituales conocedores del funcionamiento del dispositivo así como de la ruta de evacuación. En lugar de instalar una barra antipánico, se permite el uso de manivela con cerradura de función emergencia desde el lado interior porque se considera que el riesgo de situación de pánico es menor debido a que conviven pequeños grupos de usuarios habituales, conocedores del espacio y sus rutas, que además han sido instruidos en simulacros de evacuación.

Es una buena alternativa a la tradicional de barra antipánico. Es más económica, es estética, más duradera y menos invasiva. Sobre todo se nota cuando tenemos puertas de doble hoja en zonas VIP que requieren de una estética en armonía con su entorno, incluida la puerta y acabados.

Normativa EN1125 para puertas de emergencia con posible situación de pánico, controladas mecánicamente

En estas puertas es imprescindible instalar dispositivos mecánicos tipo barra antipánico horizontal, donde se asegura el escape con un mínimo esfuerzo sobre el dispositivo y sin necesidad de conocimientos previos sobre el funcionamiento del dispositivo. Es la típica salida de emergencia de un centro comercial, estadio de futbol, auditorio, etcétera, donde el aforo puede ser considerablemente alto, los usuarios no son habituales y lógicamente ante una incidencia, puede generarse una situación de pánico masivo.

En estos casos, únicamente se permite el uso de barra antipánico tipo push o tipo touch. Es imperativo que la barra cubra toda la horizontalidad de la hoja de la puerta para garantizar la evacuación en cualquier situación, incluso que con humo o aglomeración, el usuario pueda escapar simplemente apoyándose sobre la puerta, sin necesidad de tener que buscar la manivela para accionarla como en el caso de la normativa EN179.

Aumenta el riesgo de mal funcionamiento con antipánicos EN1125

El planteamiento de barra antipánico tiene su lógica y no hay discusión, pero hay que saber que también tiene más posibilidades de peor funcionamiento, ergo, aumento del riesgo en caso de necesidad de evacuar. No quiero aburriros con detalles técnicos pero hoy en día la calidad de algunas barras antipánico tipo superficie deja mucho que desear, lo que a la postre significa que no funcionan bien. Basta con pedirle a tu hijo o a una persona mayor que intente abrir la puerta de la hoja inactiva, pulsando la barra antipánico desde el extremo opuesto a la apertura, es decir desde el lado cercano a las bisagras de la puerta, y veamos si lo consiguen fácilmente y aplicando cuanta fuerza.

La normativa es correcta en términos técnicos de funcionalidad pero lo estropeamos cuando los inspectores (muchos sin un conocimiento adecuado) permiten que se instalen barras con secciones débiles, con varillaje visto (superficie de la puerta en lugar de embutido dentro de la propia puerta), con instalación deficiente y sobre puertas también mal instaladas, mal mantenidas y de medidas sobre dimensionadas. En la siguientes fotos, os dejo un ejemplo de lo que no se debe hacer, ni dejar hacer. Siempre es mejor ocultar el varillaje en el interior de la puerta y utilizar secciones y materiales de calidad suficiente.

Normativa EN13637 para puertas de emergencia controladas eléctricamente

La norma EN 13637 es una norma esperada y deseada por todas las partes porque permite garantizar la apertura mecánica de la puerta de forma fácil e intuitiva siguiendo las normativas EN1125 y EN179 según proceda, y al mismo tiempo, podemos tener un control de la situación. Muchos países Europeos ya tenían una normativa local que permitía este control tan beneficioso, pero en concreto en España no se permitía, y así nos ha ido.

Gracias a esta normativa EN13637 todos los estados miembros tendremos el mismo estándar de protección y los ciudadanos sabremos identificar salidas de emergencia, entender su simbología y utilizar los diferentes dispositivos que nos encontremos.

Lógicamente tiene algunos requerimientos de seguridad técnica para poder adecuarse a ella, los cuales, en mi opinión, son bastante acertados, pero sin duda, es la solución que muchos esperábamos para tener un control del uso debido e indebido de las puertas de emergencia en ruta de evacuación.

Quizás con la siguiente imagen se entienda mejor.

Puertas emergencia y evacuación by Angel Olleros

La salida de emergencia debe estar permanentemente accesible durante todas las horas de establecimiento abierto al usuario y visitante. Al mismo tiempo debe estar controlada en su uso para evitar el uso indebido y sus costes asociados.

Avances más significativos normativa EN13637 para puertas de emergencia

Dispositivo de control electrónico para puertas de evacuación

  1. Todos los componentes del sistema de control y bloqueo (actuadores, retenedores y controladores) deben estar certificados como componente de un único sistema. La empresa certificada es responsable del sistema integral.
  2. Desbloqueos automáticos garantizados; Ante la falta de corriente, ante la activación de una alarma previamente conectada.
  3. Desbloqueos manuales garantizados; a través del pulsador de emergencia integrado en el IDC, a través de antipánico integrada.
  4. Garantía del sistema de que no existan efectos negativos sobre las funciones de liberación en caso de emergencia; fuego, inundación, amenaza, avalancha y pánico.
  5. Tolerancia de 1 sólo fallo.
  6. Amplias posibilidades de integración; Conectado a un sistema de alarma, a una central de vigilancia, a un control de acceso.
  7. Un sistema con una disuasión efectiva; Tiempo de retardo permitido t1= 15seg / t2= 180seg y bloqueo únicamente permitido con vigilancia local atendido por 7x24h.

El llamado pulsador inteligente ha pasado a ser un controlador inteligente que engloba muchas funciones que antes estaban separadas en varios dispositivos. Ahora se establece menor posibilidad de falla en el sistema al reducirse la cantidad de dispositivos permitidos. Igualmente ya no se permitirá instalar cualquier retenedor tipo electroimán, ahora todo debe estar certificado.

Soluciona el uso indebido no dañino, de las salidas de emergencia

También me he encontrado con problemáticas que llamaría de uso indebido no dañino y  que preocupa mucho al gestor de seguridad de edificio. Me refiero a equivocaciones de uso de los visitantes y clientes no conocedores de las rutas de acceso y salida. También a salidas temporales de empleados, utilizadas como atajos en el recorrido o como salidas de fumadores. Son situaciones que se pueden resolver fácilmente con algunos dispositivos disuasorios y que tiene una alta efectividad.

Dispositivos disuasorios para salidas de emergencia

En la pasada feria de seguridad en Essen (Alemania) vimos varias soluciones, económicas (250€ aprox), fáciles de instalar y absolutamente compatibles con la normativa mecánica EN179 y EN1125.

Siempre sales pero ayuda a no equivocarse

Es una solución mecánica y autónoma que no impide, ni dificulta la salida porque no interfiere en los herrajes de evacuación. En ocasiones basta con que el visitante o usuario (niños, adultos, personas mayores) entienda que sólo debe usar esta salida en caso de emergencia. Su aspecto, color e instalación, cerca del herraje, evidencia que es un paso restringido -no habitual-. Además genera una pre alarma local que te alerta de que no debes salir por esta puerta y alerta a otras personas que pueden advertir de un uso indebido. Tras su uso, obliga a re-armar in situ, desplazándose a la puerta. Busca crea una molestia para el infractor y para el servicio de vigilancia y así disuadirle.

Es una solución que me gusta mucho y que tiene mucho éxito de venta en otros países. Las soluciones son de las marcas alemanas EFF-EFF y GfS. Veo muchísimas aplicaciones pero especialmente en una residencia de personas mayores o en una guardería.

Soluciones económicas, muy fáciles de instalar

Están diseñadas especialmente para adaptarse a todo tipo de puertas donde se requiera disuadir del uso a través de su disposición en la puerta y su estética de aviso. La innovación es precisamente su sencillez de instalación, la cual, puede ser realizada por el propietario del local, sin necesidad de instaladores específicos.

Son dispositivos fabricados en plástico con un efecto visual alto para generar disuasión de uso. Se pueden instalar mediante tornillería o con adhesivo para puertas de cristal y puertas EI donde el taladro no es posible. Se instalan directamente en la hoja de la puerta en conjunto con el contacto magnético de intrusión para que al abrir la puerta genere una alarma sonora y local que avisa al usuario y otras personas cercanas de que está abriendo una puerta que no debe.

No necesita ningún cable … otra gran ventaja.

 

Sistemas disuasión salidas de emergencia by angel olleros

Solución de barra antipánico con disuasión integrada

Otra alternativa es instalar la barra antipánico con un led o display integrado y que también genere una pre alarma local que haga evidente al usuario que está usando una ruta indebida. Cuando el led es verde indica que es una ruta válida y al contrario cuando se muestra rojo. Es una solución técnicamente muy avanzada que permite al gestor de seguridad comandar y monitorizar las situaciones.

Solución alarma para perímetros no vigilados permanentemente

Otra solución que me pareció interesante es disponer de una alarma local y remota con un flash de bastante iluminación que permite conocer si una puerta de está usando. Imaginaros una discoteca con ruido o una gran nave con muchas puertas. El flash del dispositivo permite verse a distancia, si lo colocamos a cierta altura. El dispositivo se instala en la pared en conexión inalámbrica con un contacto en la puerta. Realmente es una alarma de día, que puede estar conectada cuando se está trabajando, no solo por la noche.

He conseguido algunas imágenes con algunos ejemplos de uso, donde el gestor de seguridad o el propietario del local conoce al momento que una puerta de un perímetro se está abriendo. Lo interesante de la solución es que no te obliga a cablear largas distancias, se instala en cualquier tipo de puerta, es un elemento de disuasión y te avisa. Yo diría que es perfecta para Pymes e instalaciones ya en funcionamiento donde el presupuesto tiene mucha importancia.

Marcas que ofrecen soluciones inteligentes para el control de puertas de emergencia

En la feria Security Essen 2014 se vio que es un problema real por la diversidad de soluciones que ofrecen marcas como Dorma, Eff-Eff, Assa Abloy, GfS y BKS. Tecnológicamente muy avanzadas, buscando la estética y tratando de integrar muchas funciones en pocos dispositivos, reduciendo de esta forma las posibilidades de fallas en los sistemas.

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(169 opiniones)
  1. Garaje comunitario, se accede por cuatro escaleras, Esc. A solo tiene ascensor, Esc B tiene ascensor y escalera de emergencia, Esc C tiene ascensor y escalera de emergencia y Esc D solo tiene ascensor. Hicieron una reunión donde quedaron en que las cuatro puertas deberían permanecer abiertas sin llave, yo creo que solo debería permanecer abiertas las dos que son salidas de emergencias, las otras dos que ni siquiera tienen escaleras si pueden permanecer cerradas con llave. ¿donde puedo encontrar esa normativa?, en donde diga que las salidas sin escalera y sin salida de emergencia pueden estar cerradas con llave. Gracias.

    1. Estimado Salvador,
      Mi recomendación es que solicites al administrador esta información. EN cualquier caso, la votación de una junta de comunidad prevalece siempre que no se incumpla una normativa. En este caso no se incumple porque quedan abiertas. Saludos.

  2. Cómo aunar seguridad y riesgo de acceso al local (robo)?. Estamos en local con salida a la calle directamente, y pensamos por seguridad instalar una salida de emergencia. ¿Cómo podemeos aunar ambas cosas ? gracias.

    1. Estimada Pilar,
      Tienes que contratar un servicio de asesoramiento personalizado para que estudien tu caso. Dependerá también del grado de seguridad que quieras alcanzar y de la normativa en vigor de esa zona y para vuestro tipo de negocio. Es muy personalizado y requiere de un estudio. Saludos.

  3. Buenas Tardes.una duda.
    Los portillos motorizados de vaivén colocados en un pasillo de evacuación ,
    Como se consideran, puertas o puertas automáticas .?
    Se les aplica la norma EN 13637?

    1. Estimado Fernando,
      Los tornos motorizados (que no son puertas giratorias) no están considerados puertas. Y normalmente tienen a su lado una puerta de evacuación o están programados para bajar sus tornos (brazos) en caso de emergencia. Saludos.

  4. En lo que a seguridad se refiere, las puertas en salidas de emergencia y vías de evacuación deben cumplir por un lado salvar la vida de las personas y por otro proteger los bienes materiales.
    La norma UNE-EN 13637:2016 permite controlar el uso de las salidas de emergencia controladas eléctricamente y a partir del 24/09/2020 es de obligado cumplimiento nos permite garantizar la apertura mecánica de la puerta de forma fácil e intuitiva siguiendo las normativas EN1125 y EN179 según proceda y tener el control. Como puntos importantes que resaltar de esta norma son:
     Obligación de uso de productos certificados así como el sistema, es decir certificados y del mismo fabricante.
     Obligación de mantenimiento por una empresa acreditada.
    La aplicación de la norma y su cumplimiento en las puertas de evacuación garantiza la seguridad de personas ayudando a salvar vidas y por otro lado la protección de sus bienes evitando accesos no permitidos de personas a zonas no autorizadas incrementando la seguridad en caso de emergencia y control de los accesos desde el exterior.

  5. Con las normativas expuestas en el post, la EN179, EN1125 y EN13637, se solventan prácticamente todas las situaciones que se puedan dar en una puerta de evacuación, combinando la prioridad que tiene la misma con las lógicas necesidades de seguridad ante la intrusión que pueden darse en ciertos casos. En este sentido, la norma EN13637 regula el funcionamiento de una puerta de emergencia a la que se le podrán instalar dispositivos de seguridad eficaces, por ejemplo un electroimán. Este dispositivo es muy resistente, y puede mantener bloqueada una puerta de evacuación de forma bastante eficaz. Sin embargo, la norma prevé qué elementos deberemos incluir, y qué prestaciones mínimas se han de cumplir para que la evacuación segura esté garantizada en todo momento, aun tratándose de una puerta que incorpore dispositivos eléctricos y electrónicos.

  6. Buenos días, una duda, es obligatorio colocar dos señalizaciones de barra antipánico en las dos hojas de la puerta de emergencia???? En normativa no he visto nada

    1. Buenas tardes,
      Un pulsador certificado según la norma UNE-EN 13637 puede liberar puertas de una hoja o doble hoja pero en ningún caso dos puertas individuales al mismo tiempo. Saludos.

  7. La comunidad quiere colocar una reja en el 5 piso l descansillo con llave y que solo la tenga el presidente alegan que por actos bandalicos y de pintadas. Es el último piso y es una salida a una cubierta que se puede utilizar en caso de incendio, dice el presidente que le van a dar un permiso
    El ayuntamiento. Me han informado en el ministerio de fomento que no lo pueden colocar , es así

    1. Estimado Francisco,
      Este blog solo asesora sobre soluciones técnicas y normativas sobre sistemas pero no comentamos aspectos regulados en Leyes. Saludos.

  8. Buenos días, en mi edificio que llevo de mantenimiento tenemos puertas que para salir a la escalera de emergencia pulsas la barra y abre hacia fuera, mi pregunta es que por el otro lado de la puerta es picaporte con cerradura, seguridad las cierra con llave dejando bloqueada el sentido de entrada desde la escalera al edificio pero la salida no se bloqueada. estaría bien así o se deberia dejar desbloqueada el sentido de entrada??

    1. Estimado José Antonio,
      Las salidas de evacuación no pueden estar bloqueadas en sentido evacuación. Solo hay excepciones cuando hay un horario de cierre de actividad (sin personas). Saludos.

  9. Más allá de las diferencias entre unas normativas u otras, creo que uno de los aspectos más relevantes, o al menos así a mí me lo parece, es el hecho de poder estandarizar símbolos y dispositivos relativos a las salidas de emergencia, así como garantizar unos mínimos de calidad, debido a que la norma EN13637 requiere que todos los componentes del sistema deben estar certificados como componente de un único sistema, haciendo responsable, de este modo, a la empresa instaladora.

    ¿Qué ocurriría si nos encontráramos ante una situación de emergencia estando de viaje? Otro país, otra cultura, otro idioma, otra simbología… El resultado de mezclar estas diferencias con una situación de pánico no resulta demasiado alentador. Por este motivo, es tan importante el hecho de estandarizar las salidas de emergencia y sus dispositivos. De este modo, tendremos a nuestra disposición herramientas para diseñar entornos más seguros para todos.

    Ramon Basart Tenedor,
    Bricofusta Seguridad.

  10. Inmejorable explicación de las normativas y de sus aplicaciones. Lo que verdaderamente es una pena es el desconocimiento de estos temas por tantas personas que están al cargo de locales con estas necesidades sin cubrir o mal cubiertas. Me refiero tanto a locales comerciales como incluso a garajes y parkings que carecen de este tipo de seguridad en sus vías de evacuación.  Desde mi experiencia, he comprobado personalmente que incluso algunas de las puertas están instaladas con el sentido de apertura opuesto a la dirección de evacuación. Pero claro, cuando hablamos de invertir en este tipo de adecuación la cual muchos consideramos necesaria e incluso básica.  Algunos de los responsables, vecinos o propietarios no lo entienden así, pues usan el pretexto que ya sería casualidad que pasase algo ya que nunca ha ocurrido ningún incidente. La mayoria de la gente no tiene conciencia en estos aspectos auque he de decir que se nota el cambio generacional en estos aspectos. Ya que parece que poco a poco se va tomando conocimiento del tema y dentro de nuestras instalaciones todos queremos ofrecer segurirdad y sentirnos seguros.
    Por último me gustaría destacar dos temas que has mencionado y que para mi tienen una importancia mayúscula.  Uno de ellos es la instalación de elementos de calidad. Calidad que se ha de ver reflejada no solo en los diposotivios sino tambien calidad de los operarios que han de realizar la instalación.  Y otro aspecto importantísimo es el mantenimiento pues de nada sirve realizar ina inversión si no se mantenie ya que después de realizar un número determinado de ciclos de uso, sería casi obligatorio este mantenimiento, no solo en la norma EN13637 sino también en todas las que estén relacionadas con las salidas de emergencia y la seguridad de las personas.

  11. Buenas tardes,
    Me viene a la memoria tres situaciones que he visto, en lugares diferentes con relación a uso debido e indebido de las puertas en salidas de emergencia:
    1. Un Hipe-bazar (2.000 m2), con dos salidas laterales de emergencia a ambos lados. Recién terminada la inspección de la nueva obra por parte de técnicos municipales y responsable de bomberos municipales y una vez que se han marchado de la instalación, el dueño procede a cerrar las puertas de emergencia con cadenas y candados. La justificación del dueño es que le roban y se salen por dichas puertas no pudiendo controlar dicha situación. No tienen contratado personal de vigilancia.
    2. Clínica médica privada, con camas en planta. Al final de pasillo de cada planta puerta de emergencia con salida a la escalera exterior de emergencia, bloqueada con bridas. El comentario del responsable de planta es, que evitan que los propios pacientes salgan a fumar. No tienen contratado personal de vigilancia.
    3. Hospital, las puertas de emergencia tienen asociado un contacto magnético, activo 24 horas y conectado al sistema de seguridad del hospital que avisa en el supuesto de apertura de puerta, a la vez, una cámara de TV que enfoca a dichas puertas, permite visualizar cualquier incidencia o aperturas no autorizadas. Desde el COS (Centro Operativo de Seguridad del Hospital), desplaza cada vez que ocurre una incidencia un vigilante de seguridad.
    A pesar de que todas las instalaciones están sometidas a revisiones periódicas, no se evita en muchos casos el mal uso de las puertas de emergencia. A veces, los responsables de la seguridad en edificios justifican el incumplimiento de normativa, en la limitación de recursos, pero en realidad, lo que hay es, una falta de sensibilidad y conciencia “preventiva”, de cuanto nos jugamos en el supuesto de tenerlas que utilizar en una situación real, ante una avalancha de personas provocada por un fuego, en una situación de pánico.
    Sin duda, la EN13637, favorece el mayor control en salidas de puertas de emergencia, contribuye a que se instale mecanismos que aumentan la seguridad en los edificios, con recursos muy medidos. Siendo ahora, una labor de todos los profesionales del sector, difundir dicha normativa, colaborando en su aplicación y ayudando a corregir “vicios” adquiridos, en instalaciones existentes.

  12. A la luz del excelente resumen en el momento en que lo escribiste, pienso que la situación en cuanto a su aplicación no ha cambiado demasiado. Lo que queda claro es que hoy en día existe una solución aplicar para cada tipo de puerta y situación.

    Sin embargo veo un problema bastante evidente y es el desconocimiento de las normativas en general por todos los sectores implicados, por lo que se hace inviable aplicar algo que se desconoce.
    Desconozco si la normativa EN179, que podemos decir que es la más sencilla de aplicar, se está cumpliendo.. y eso que sería suficiente con que el instalador de la puerta cumpla las instrucciones y/o requisitos definidos en el plan de evacuación..siempre que sepa lo que significa..que entiendo que si, si es un profesional.
    A partir de ahí, no tengo dudas de que el resto de normativas, sobre todo la EN13637, estàn teniendo serias dificultades en su aplicación porque muchos de los actores involucrados – Usuarios finales, arquitectos, ingenieros, instaladores profesionales y organismos públicos- no tienen ni idea de su existencia.

    Tal y cómo funcionamos en España, a golpe de normativa/sanciones y no de aplicación por convicción de uso correcto y bien común, el punto de partida para que esto cambie està en las realización de inspecciones por parte de los técnicos de los organismos públicos existentes en los ayuntamientos y departamentos públicos con esas competencias.
    Pero si éstos no conocen la normativa y no hacen ni siquiera que se cumpla primero en sus propios edificios públicos…..qué podemos esperar ? …queda un largo camino por recorrer…
    Por nuestra parte como empresa instaladora de sistemas de seguridad seguiremos informando y asesorando de qué es lo correcto, sobre todo cuando van implicados sistemas de control de accesos electrònicos, porque ademàs tiene todo el sentido,..quedando de la mano de cada uno el hacerlo o no y esperando que no pase nada grave – “que como nunca pasa nada”- para lamentar posibles pérdidas

  13. Hola. tengo una cochera en comunidad, hay una entrada y salida de coche y a tres ml a la izquierda una puerta de salida de emergencia. Hay alguna ley que regule la distancia de puerta de entrada de vehículos y la puerte de emergencia?

  14. Buenos días
    En mi edificio de oficinas, construido en el año 2005, existen puertas en recorridos de evacuación con acceso controlado electrónicamente y junto a ellas hay un pulsador de evacuación (de color verde).
    Tras ver que el R.D. 732/2019 le da a la norma UNE-EN 13637 un carácter informativo (al no marcarla con asterisco).
    Mi pregunta es: ¿dicha norma UNE sería de obligado cumplimiento para mi empresa?

    1. Estimado Diego,
      España tiene muchas competencias transferidas y además es bastante flexible en el cumplimiento de normativas. No entro en este debate. Si que te puedo indicar que la norma UNE 13637 esta armonizada y publicada en Ministerio de Fomento por lo que es de obligado cumplimiento en los supuestos que indica pero la ultima palabra la tienen los departamentos de inspección de bomberos, protección civil o departamentos de prevención de los respectivos ayuntamientos. Un tema delicado aunque en caso de un incidente y posible demanda de un usuario, los responsables del edificio se podrían enfrentar a juicio civil y penal. Saludos.

  15. Estimado Ángel,

    Me gustaría saber si es posible poner algún tipo de cerradura en una puerta que tenemos en un edificio de viviendas con acceso a la azotea donde tenemos trasteros y los aires acondicionados, ya que últimamente acceden a ella personas ajenas a la propiedad. Es una salida de emergencia y se supone que no se puede poner cerradura, sólo la barra de apertura que ya tenemos. Agradecería cualquier sugerencia ya que no sabemos qué hacer para evitar este problema. Muchas gracias y un saludo.

    1. Estimado Sergio,
      Si es salida de emergencia no se puede bloquear. Lo cuestionable es si debe existir una salida de emergencia hacia una zona técnica (aire acondicionados) y zona de fondo de saco como es una zona de trasteros. También os podéis plantear la protección en el acceso al portal en lugar de en la salida a la azotea. EN cualquier caso es necesario una inspección in situ y ver la situación para poder emitir una recomendación viable. Saludos.

  16. Buenas tardes,
    Tengo una duda sobre las puertas RF. Es obligatorio que la puerta de emergencia que da al exterior del edificio sea RF, o únicamente tienen que ser RF las que dividen los sectores del edificio? Hay alguna normativa al respecto que determine cuando son obligatorias?
    Gracias de antemano

    1. Hola,
      Debes consultar CTE en Ministerio de Fomento o consultar el proyecto de evacuación del edificio. En este blog no entramos en aspectos constructivos, fuego o accesibilidad, solo realizamos recomendaciones referidos a sistemas de seguridad y de evacuación. La sectorización de incendios y sus variables son otra especialidad. Gracias por tu consulta.

  17. Buenas tardes, en el edificio donde trabajo tenemos puertas de emergencia, hacia las salidas de evacuación, que se abren pulsando la barra. Hasta ahora en la otra cara de la puerta había una manilla que te permitía abrir la puerta desde la escalera de evacuación. En este momento están sustituyendo esa manilla por un pomo que impide esa apertura desde dentro. ¿Podría decirme si esta sustitución es acorde a la normativa legal?. Gracias.

    1. Estimada Isabel.
      Las puertas en ruta de evacuación deben permitir su apertura libre siempre y en una única acción. Puede ser con barra antipánico UNE1125 o con manivela UNE179. Por el lado contrario a evacuación puede ser con manivela libre o con pomo fijo restrictivo. Saludos.

  18. Buenos días.
    Quisiera saber si son obligatorias la barra horizontal de apertura en puertas de evacuación y salida de emergencia en una empresa de automoción con muchos trabajadores en plantilla. gracias

    1. Estimada Maria,
      La norma indica dispositivos de fácil apertura en una única acción. Dependiendo del tipo de actividad pública concurrencia o privada y número de personas permiten utilizar normativa UNE179 o UNE1125. Mi recomendación es consultar su plan de evacuación, que todas las empresas y edificios deben tener. En el plan de evacuación se indica o también consultar al departamento de riesgos laborales. Saludos.

  19. En un edificio de 8 plantas mas el bajo ( a nivel de calle ) con una escalera equivalente a un piso que comienza en el piso octavo y termina en dos puertas una de ellas son un cubículo con los motores y sistemas eléctricos de los ascensores y la otra da paso a la terraza del edificio de unos 400 metros cuadrados el total de domicilios son cuatro por piso lo que son un total de 34 propietarios ( uno en el piso bajo y el domicilio del portero la pregunta de la que me interesaría tener respuesta es » la puerta que comunica por medio de una escalera con la terraza, tiene que ser anti pánico o es valida una puerta normal con su cerradura correspondiente

    1. Estimado Manuel,
      Reiteradamente contesto que este blog es referido a equipamientos y sus normativas de seguridad vinculadas pero no contesta a cuestiones que requieren un proyectos / estudio de seguridad o de evacuación. Su pregunta además requiere la medición en plano, carga de fuego, sector de incendio, etc. Requiere que soliciten un estudio de evacuación. Saludos.

  20. Buenas tardes, necesito fabricar una puerta corredera para los talleres de un instituto, y tengo que instalar una puerta de emergencia antifuego. Mi pregunta es la siguiente: ¿qué medidas tiene que tener dicha puerta, contando que está calculado que por ella tienen que evacuar 160 personas?
    Muchas gracias, un saludo.

    1. Estimado Aleix,

      Este blog es referido a sistemas de seguridad para el control del acceso, cierre y evacuación pero no entramos a determinar dimensionamientos de rutas de evacuación puesto que estos deben considerarse dentro del proyecto de evacuación y deben decidirse por el estudio de arquitectura responsable del proyecto. Nosotros desaconsejamos totalmente el tipo de contratación que has recibido (contratación directa a un metalistero para fabricar una puerta de evacuación sin el estudio previo de la necesidad de cumplimiento).

      Tu cliente debe saber que puede incurrir en un incumplimiento normativo serio. Saludos.

  21. Buenos días.
    Quisiera saber si son obligatorias las puertas de evacuación con barra de apertura en una comunidad de vecinos que dan paso del garage al descansillo del ascensor y también en que lado de la puerta se debería poner la barra horizontal de apertura

  22. Buenos días, necesito saber si es legal colocar una puerta antipánico en una puerta abatible de entrada a un almacen. Tengo que colocar una segunda salida de emergencia en un almacen, y esta es una posible solución. Un fabricante de puertas me lo hace y otro me dice que la legislación no lo permite.
    Quisiera saber si la legislación lo permite para hacerlo, o tomar otra determinación.
    Muchas gracias.

    1. Estimado Florencio,
      Yo no me dedico a responder temas legales. Existe una normativa y esta es clara. Dependiendo de su actividad, aforo y proyecto de evacuación se está obligado a realizar cosas concretas. Contrata a un arquitecto y te aclarará lo que debes hacer y cómo. Saludos.

  23. Buenas tardes, en mi centro de trabajo, ubicado en Madrid, un hipermercado, se esta valorando la opción de poner retenedores en las puertas para dejar de poner candados en horario de cierre y quitarlos antes de la apertura.

    Es posible instalar el sistema indicado en la normativa EN13637 para que la puerta permanezca cerrada por el retenedor las 24 horas y que según marca la norma esta se abra por cualquier persona/cliente a través del pulsador, por salto del sistema contra-incendios o fallo en el sistema eléctrico.

  24. Buenos días, Necesito hacer una consulta. Las puertas de emergencia deben estar cerradas, en que normativa lo dice. Muchas gracias

    1. Estimada Maria Eugenia,
      Depende del proyecto de evacuación y sectores de incendio. En ocasiones pueden permanecer abiertas retenidas con sistemas certificados y que garanticen su cierre automático en caso de necesidad. Puedes consultar el código técnico de edificación DB-SI o hacer una consulta al Ministerio de Fomento con más concreción. Saludos.

      1. Buenos días, gracias por tu respuesta. En concreto, yo trabajo en una oficina del estado, cara al publico, tengo una puerta de apertura automática por donde entran los usuarios, prácticamente enfrente hay una puerta de salida de emergencia, pues uno de los funcionarios, la tiene ebierta todo el dia, con lo cual, yo estoy entre corrientes trabajando. Por eso quería saber si esa puerta obligatoriamente debe permanecer cerrada. Gracias

  25. Leyendo esta entrada me ha surgido una duda :¿ una puerta de salida de emergencia que no es EI, con barra conforme UNE EN 1125 necesita llevar muelle para su cierre automático?

    1. Estimado Ricardo,
      Yo siempre recomiendo muelle cierrapuertas en puertas de evacuación y si es de doble hoja, recomiendo selector de cierre. Saludos.

  26. Hola Ángel,
    tengo una duda y toda la documentación que encuentro es de salidas de emergencia de edificios.
    En una urbanización, existe una puerta exterior en un espacio abierto.

    ¿Qué normativa regula las puertas de salida de uso exclusivo de emergencias (bomberos) en el exterior de edificios?

    ¿puede estar cerrada con llave? ¿debe disponer de algún dispositivo (tipo barra horizontal) de fácil apertura desde el interior de la urbanización?
    gracias

    1. Estimado Pedro,

      Las salidas de emergencia se rigen por la UNE179. Las salidas con calificación de pánico se rigen por la UNE1125. Ambas pueden disponer de control electrónico UNE13637. Desde el lado no evacuación se puede bloquear o dejar de paso, según se necesite. Para determinar en concreto cada situación es necesario disponer del plan de evacuación o realizar una visita por un especialista. Saludos.

  27. Hola,
    Me ha surgido una duda leyendo este artículo, la pongo aquí por si alguien pudiera contestarme. En el caso de la instalación de escaleras de emergencia exteriores en un edificio de dos plantas, ¿esas escaleras pueden comunicar con una zona donde haya coches aparcados? Es decir, la salida de las escaleras, ¿tiene que estar completamente despejada o se puede realizar una escalera de emergencias que comunique con el exterior a una zona de aparcamiento de vehículos justo al lado de la escalera?
    Lo más lógico sería pensar que toda zona de evacuación debe comunicar con un espacio despejado que no dificulte la huída en caso de incendio o cualquier otra incidencia, pero al mismo tiempo, el hecho de que haya algún coche aparcado la lado no bloquea especialmente la salida y las personas pueden bordear esos vehículos. Además, ya estarían fuera del edificio.

    En caso de que la salida de la escalera tuviera que estar despejada y no pudiera haber vehículos estacionados enfrente ni alrededor ¿existe una normativa para saber de cuánto espacio estaríamos hablando? por ejemplo, un radio de x metros alrededor de la escalera.

  28. ¿Todas las puertas que se fabriquen (cortafuegos peatonales) a partir de Abril de 2.016 deben llevar cierre automático (cierrapuertas)?

    1. Estimado Pedro,
      Incluso desde antes. El código técnico indica que todas las puertas EI deben llevar muelle cierrapuertas homologado para puertas EI.Saludos.

  29. Hola.

    Para un local comercial que se le quiere dar el uso de sala polivalente para eventos(cumpleaños, reuniones familiares, etc) en Valencia; la obligatoriedad de instalar salida de emergencia, ¿la impone el aforo o los metros cuadrados del local?

    ¿Cuál sería el el número máximo de aforo o de metros cuadrados para que no sea necesaria la implantación de dicha salida de emergencia?

    1. Estimado Rubén,
      Un local público siempre debe disponer de puertas de evacuación. Lo impone la normativa, código de edificación y el sentido común. Saludos.

  30. Buenos días,
    en primer lugar gracias por el post.
    Estoy llevando a cabo la adecuación de un antiguo frontón y me surge la duda de si en caso de tener una puerta sin cerradura, ni resbalón de ningún tipo y batiente hacia el exterior es necesaria la instalación de barras antipánico o no.
    ¿podrías ayudarme?
    Muchas gracias de antemano.

    1. Estimado Javier,
      Si está realizando una obra, debes tener un proyecto visado por un arquitecto y en tal caso, es el proyecto el que determina la idoneidad de las puertas y los elementos de evacuación. Yo no realizo proyectos de evacuación, solo proyectos de equipamientos para puertas de evacuación (es diferente). Mu amable por tu consulta.

  31. Una consulta, la salidas de emergencia se deben ubicar donde no hay personas por salir de edificios? Le platico, es una estación de compression de gas natural cercada con barda perimetral, al interior hay edificios, los cuales algunos son presenciados y otros no, alguna ley me oblige a ubicar alguna salida de emergencia en la barda perimetral que tenga cerca un edificio «no presenciado»?

    Gracias

    1. Estimada Cecilia,
      Debe realizar un estudio concreto y aplicar CTE-SI y SUA. Con los datos que indica no podrá avanzar. Saludos.

  32. buenas tardes,
    en la unidad residencial tengo COMO 2 opción de utilizar esta como puerta de Evacuación pero permanece con llave y permanece en portería que otro sistema puedo implementar según la norma de Sg-SST
    Gracias

  33. Hola Angel, me gustaría saber que es lo correcto, mi edificio tiene en el portar alojado un local de una joyería, dentro hay 3 escalones que dan a la puerta de la escalera para subir a los pisos, puerta única. Me gustaría saber como ha de ser esta puerta y si lo de los peldaños hay que cambiarlo, ya que hemos acordado cambiarla pero aun no lo hemos hecho y me toca ser presidenta.

    1. Estimada Pilar,
      Tienes que consultar a un asesor de evacuación o al que realizó el plan. No es una consulta que se pueda resolver online. Las puertas de un establecimiento de seguridad deben ser EN1627:2011 grado IV. Las puertas de evacuación pueden ser con equipamientos EN179 o EN1125. Todo depende de como es´ta realizado el proyecto. Saludos.

  34. Estimado Ángel:

    Estoy buscando en el CTE, la norma que regula la instalación de barras antipánico (junto con la cerradura de nueca partida) y no encuentro nada.
    Aparece información sobre la barra, pero no dice nada de la cerradura de nueca partida. Como sabrás es tan importante la instalación de esta cerradura como la de la barra, ya que la una sin la otra no tienen sentido. Dado que sirve para impedir que se pueda quedar una puerta cerrada y no poder abrirla con la barra al poder bloquearse la manilla desde el lado contrario.

    Gracias

    1. Estimado Jose,
      EL CTE no regula los equipamientos de puertas. Para esto, tienes que consultar las normativas que le corresponda. EN1125 o EN179. Lo que indicas de la manivela, barra y nueca partida depende de las combinaciones que realices. Saludos.

    1. Estimado Enrique,
      No lo sé. Las puertas de evacuación no están supeditados a la actividad sectorial sino al tipo de local, rutas, aforo. Deberás hacer un proyecto de seguridad y es ahí donde te indicarán lo necesario. Saludos.

  35. Trabajo en un polidepotivo y las puertas de emergencia son del Tipo RF de doble hoja y las tienen cerradas con cerrojos o pasadores que impiden la abertura presionando la barra antipático.
    es una instalación municipal y he hecho escritos al responsable de la instalación, avisándole de esta situación y de otras que afectan a la seguridad del publico, pero ni me han contestado. que debo hacer?. En caso de siniestro, quien seria el responsable ?.
    Gracias

    1. Estimado Antonio,
      Dirige una nota al Ayuntamiento de Madrid | S.G. De Prevención de Riesgos Laborales | Av. del Mediterráneo, 62. Saludos.

  36. buenas tardes tengo unos consultorios medicos; que alquilo, y tienen la puerta de ingreso de madera es antigua y una reja. la reja se abre para afuera y la de madera para adentro y me piden que la transforme en una salida de emergencia con barral antipanico pero como hago?

  37. Buenas tardes,
    existe alguna normativa que me indique el número de salidas mínimo para garantizar la seguridad de los trabajadores? Me refiero a edificios industriales, como ciclos combinados que cuentan con edificos eléctricos, salas y subsalas dentro de cada uno de ellos, salas químicas, de turbinas….Hay una relación entre los m2 del edifico y las salidas de emergencia o los accesos? Es una relación mas bien de uso o de número de plantas? La informaciónq ue encuentro en la red se refiere a la señalización de las salidas de emergencia pero no al nº mínimo de ellas.Muchas gracias

    1. Estimada Olga,
      Por supuesto que existe. Está en el código técnico de edificación y en sus documentos básicos de incendios y accesibilidad. El Ministerio de fomento es quién regula estos asuntos. Lo mejor es que consultes a tu asesor de edificación. Saludos.

  38. Buenas tardes: Trabajo en un teatro y quisiera saber si las puertas que dan a la calle por donde sale el publico pueden tener retenedores para que no entre frio,pues el publico sale constantemente y la deja abierta. Gracias

  39. Buenas tardes. He estado mirando por enzima normativas sobre rampas peatonales correspondientes a salidas de emergencia y solo he visto (de momento) que se hace incapié en que estas no pueden tener más de un 12% de pendiente, pero no he encontrado nada que especifique si estas tienen de tener una unica dirección de salida, és decir en linea recta, o si por ejemplo, si por questiones de espació, esta rampa tiene que hacer una curva hacia un lado. ¿Estan permitidas las rampas en salidas de emergencias peatonales con curva?

    1. Estimado Albert,
      Mi especialidad son los sistemas de seguridad para salidas de evacuación. No me dedico a la accesibilidad, ni construcción. Gracias.

  40. En una escuela, se cierran con llave las puertas principales (de evacuación por su puesto), para que no se escapen los niños. Se plantea la opción de la puerta con alarma pero no se considera suficiente para garantizar que los niños no se escapen. Conoce usted alguna garantia

    1. Estimado Juan Ignacio,
      Se puede mejorar el control con pulsadores inteligentes y retardo según normativa EN13637. Saludos.

  41. Buenos días, quisiera saber si existe alguna distancia mínima de las aceras a las que se llega a través de la salida de emergencias. El caso sería un centro público al que la salida de emergencias lleva a una acera estrecha con vehículos estacionados delante.
    Gracias

    1. Estimado Pedro,
      Esto no es mi especialidad. Debes consultar a un arquitecto de accesibilidad y urbanismo. Saludos.

  42. Hola, mi pregunta es la siguiente: Se pueden utilizar las salidas de emergencia como puertas de salida normales?. El tema es en un instituto donde la salida de emergencia la utilizan los alumnos para salir al patio en el recreo

    1. Estimada Consuelo,
      No estoy seguro de haber entendido bien el problema. Una puerta de emergencia tiene dos lados; el lado emergencia y el lado acceso. Ambas pueden convivir perfectamente seleccionando el equipamiento adecuado. Gracias por tu consulta.

  43. Hola,

    Trabajo en un edificio de la administración pública del Estado de dos plantas con menos de 100 personas.
    Tenemos dos salidas del edificio y ninguna de ellas está como salida de emergencia (abren hacia el interior y con manivela). He estado mirando la legislación al respecto y no me queda nada claro sino más bien al contrario: mucha normativa aunque parece bastante desactualizada.

    Las necesidades de evacuación no son excesivas pero parece razonable que al menos una de ellas debería tener una mayor facilidad de apertura para casos de evacuación aunque no sé si es exigible por ley. El edificio es de los años 70 y no ha sido reformado.

    Un saludo.

  44. Hola, en unos grandes almacenes donde esten definidas las salidas de emergencia en el plan de evacuacion y respeten la normativa acorde al CTE, se estan poniendo trancas en el interior para evitar una intrusion desde el exterior. Solamente a tienda cerrada sin estar en horario al publico puestas. El problema es que fuera del horario comercial acuden visitantes a realizar trabajos de mantenimiento etc… se deben en ese caso tener puestas las trancas en las salidas de emergencia? Que prevalece la seguridad ante una intrusion o ante un incendio? Saludos.

  45. Hola

    Soy técnico de prevención de riesgos en un teatro y nos seria muy interesante poder instalar un sistema de control eléctrico de las puertas de una vía de evacuación.
    Mi pregunta es si la UNE 13637 ya esta en vigor y es factible y legal montar una puerta con un sistema acorde a la UNE mencionada a pesar de lo que dice el CTE

    1. Estimado Juan,
      Depende de la flexibilidad de tu Ayuntamiento. La norma ya es pública pero aún no hay fabricantes con el certificado del ensayo de los sistemas y para esto pasarán meses. Hay empresas que ya han iniciado sus proyectos con el visto bueno del ayuntamiento de turno. Muy amable por tu consulta.

  46. En una comunidad de vecinos q la constructora ha puesto salida de emergencia en los portales, y realmente es un acceso de bomberos, hay dos portales q tienen q atravesar una urbanización para salir, cuando las puertas llamadas de emergencia nos acortaría el camino muchísimo y no se hace daño a nadie, hay q pasar por un pasillo muy estrecho, por lo q en caso de fuego sería una chimenea, la puerta no cumple ningún requisito de emergencia,
    Hay vecinos q salen, porque el coche si no lo dejan ahí tienen q dar la vuelta a toda la urbanización, igual para tirar basuras
    Mi pregunta en q delito incurren para no poder salir, ya q entrar no se puede porque no tenemos llaves. Se oponen los q sus portales están a pié de calle

  47. ¡ Buenas tardes ! Mi pregunta en un centro acuático la puerta de emergencia se pueden tener abiertas para ventilar el recinto y de esa forma no utilizar los extractores y de esa forma ahorra en coste energético…
    Concretamente esa puerta es muy molesta para los usuarios porque entra mucho frío por ella.
    GRACIAS.
    Un saludo,Antonio

  48. Hola Ángel,me gustaría que me indicaras la normativa vigente para el uso de la puerta de emergencia.
    Te comento, llevo el mantenimiento de centros educativos en mi ciudad, y en unos de ellos el director a colocado en la cocina del comedor una puerta de emergencia, con la salvedad que por el exterior a colocado una puerta tipo reja con cerradura(cancela metálica). Antes de colocarla , que nos pidió asesoramiento ya le dije que no podía colocar nada que obstaculizara la apertura desde dentro, es decir en caso de tener que salir desde dentro por algún tipo de emergencia, no hay que salir por fuera antes a abrir la cancela, es de sentido común.
    Pues bien, me pasan unas fotos que ha hecho la obra y ha colocado la cancela por fuera , incumpliendo las directrices marcadas . Que debo de hacer segun tú !!!
    Un saludo

    1. Estimado Silvestre,
      Es evidente que lo ha hecho mal, aún a pesar de tus recomendaciones. Solo queda esperar a que sea denunciado y así comprenderá que las cosas no se hacen así. Sobre normativas, es un tema muy extenso y condicionado a uso, tipologías, aforo, etc … lo puedes ver todo en el CTE / SUA. Saludos.

  49. Buenos días, tengo una duda con un local que estamos acondicionando para «centro de formación». Tiene aprox. 200 m2 y dispone de acceso desde planta baja a través de escalera para después desarrollar toda la actividad en planta sótano.
    Dispone de una salida de emergencia que da a un garaje comunitario. La duda es si esta salida es válida a fin de justificar el cumplimiento del SI (CTE)?
    Muchas gracias.

    1. Estimado Juanjo,
      Dependerá de tu proyecto de evacuación que es el que te indica las rutas principales y alternativas del local, en base a los parámetros de distancias y tipo de usuarios y carga ocupacional. Muy amable por tu consulta.

  50. Buenas tardes,
    en mi edificio estamos instalando un ascensor exterior, éste estará separado de la fachada alrededor de un metro y medio se comunicaría con el edificio con una pasarela metálica al aire. Ahora la empresa instaladora le está poniendo pegas al proyecto que elaboraron ellos mismos diciendo que industria nos va a exigir una escalera de emergencias con parada en cada desembarque del ascensor (3 pisos)

    Tenemos todas las licencias del ayto. y de la C. Autónoma y los vecinos creemos que es una estrategia para sacarnos más dinero.

    ¿Cuál es su opinión?

    Saludos.

  51. Hola José.
    Vivo en una comunidad de vecinos compuesta por dos portales, los portales tienen 10 plantas .
    En la 10 planta Y uniendo los dos portales se encuentran la terrazas de los áticos, Estas son propiedad de la comunidad pero de uso y disfrute de los propietarios de los áticos.
    En mi caso soy propietario de un ático en esa planta y es el Atico que está unido pared con pared con el Atico del otro portal En mi escalera existe una puerta que accede a mi terraza como ruta de evacuación a otra puerta que está en la pared que une el otro Atico . ósea que esa es la ruta de evacuación de incendios para poder pasar en la parte alta de un edificio a otro a través de las terrazas de los aticos
    mi pregunta es qué tipo de seguridad puedo exigir a la comunidad porque actualmente son simples puertas antipáticos con unos imanes débiles que si los empujan solo suena una alarma

    Muchas gracias, recibe un cordial saludo

    1. Estimado Eduardo,

      Si te refieres a seguridad contra intrusión, no puedes exigir nada porque no existe obligación legal. Es un uso privado del que te aprovechas y parece lógico que seas tu el que asumas el coste de reforzamientos. La obligación de código técnico es que la puerta permita la evacuación de la forma establecida. Saludos.

  52. Hola Jose,

    Vivo en una comunidad de vecinos en la que el garaje es comunitario. Compartimos dicho garaje con otras comunidades, las cuales tienen su salida con escaleras y ascensor. En mi bloque solo disponemos de ascensor y de ninguna otra salida mas que la rampa de entrada al garaje, a mi cada día me da mas miedo el que no tengamos ninguna otra salia en caso de incendio…..encima tenemos el cuarto de la caldera de gasoil en el mismo garaje.
    mi duda en concreto es: ¿es legal unos garajes sin salida alguna mas que el ascensor? ¿donde se podría pedir una revisión? ¿cubriría el seguro comunitario en caso de accidente? No se podría hacer otra salida porque hay mas plazas de garaje vendidas que sitio….se solapan unas plazas en otras….

    Un saludo y gracias

    1. Estimada Cristina,

      Sin duda os corresponde una salida de emergencia con escaleras al igual que el resto. No se puede evacuar por la rampa de vehículos ni por el ascensor. Tendréis que dirigiros al ayuntamiento pero lo habitual es que vuestro administrador lo gestione como una queja formal y que tome curso.

      No puedo ayudarte más porque debe estudiarse la situación concreta, personas, carga de evacuación, distancia de salidas y cantidad. Tendréis que contratar a una empresa que haga el estudio. Saludos.

  53. Buenas tardes, en las salidas de emergencia existe alguna normativa que me diga que no dbo tener escalones o pisos a desnivel después de una puerta de emergencia, ya que en una nave que construimos tengo este problema tengo la puerta y al abrirla tengo el paso a desnivel, podría decirse caída libre al abrir la puerta. que puedo consultar que me diga que esta bien o esta mal incumpliendo ya sea como medidas de seguridad.

    Saludos.

    1. Estimado Fernando,
      Tendrás que consultar el código técnico SUA accesibilidad. Con toda probabilidad tendrás que hacer obra y arreglarlo porque los desniveles están muy regulados. No obstante o es una obra de hace muchos años o el arquitecto que la hizo no conoce la normativa. Saludos

  54. Hola José.
    Vivo en una comunidad de vecinos compuesta por tres portales, los portales laterales tienen 5 plantas y el del medio (donde yo vivo) solo 4.
    En la 5º planta de los portales laterales se encuentran la terrazas de los áticos, albergando toda la superficie del edifico. Estas son propiedad de la comunidad pero de uso y disfrute de los propietarios de los áticos.
    Sin embargo en mi escalera hay una puerta que accede a las terrazas, ya que el patio de antenas se encuentra en medio de los áticos.
    Pensé que este acceso tenía solo este fin (poder acceder a las antenas), pero un vecino reclama es una salida de emergencia y que debería poderse abrir sin ningún tipo de impedimento.
    Es evidente que el libre acceso invadiría la privacidad de los propietarios (actualmente la puerta está bloqueada con llave).
    ¿Cómo puedo averiguar el uso real de este acceso?
    Muchas gracias, recibe un cordial saludo

    Saludos
    Jacob Vivas

    1. Estimado Jacob,
      El vecino que reclama debe realizar la reclamación junto con un documento que así indique que ese acceso es ruta de evacuación o en su defecto de un informe de un técnico que justifique la reclamación. De lo contrario es perder el tiempo porque cualquier vecino podría reclamar cualquier cosa.

      El proyecto de la finca debe disponer de plan de evacuación y ahí se verá pero parece raro que una propiedad particular privada sea ruta de evacuación. Una de las dos partes no está bien informada.

      Saludos.

  55. Una consulta Ángel. Trabajo en una planta Termosolar. Y tomaron la decisión de cerrar con llave la puerta de acceso a los Edificios Electricos de Control de la Planta. Solo puede acceder el personal autorizado con llaves. Por norma tienen que tener barra anti pánico para abrirlas hacia el exterior. Que actualmente no tienen? Muchas gracias.

  56. Buenos días

    En los proyectos de control de acceso de personas, de tipo automático, es decir, con entrada y salida a través de lectora de tarjeta, ¿existirá alguna normativa la cual indique la obligatoriedad de un desconectador de emergencia el cual actué directamente sobre la corriente, con el fin de que si el dispositivo de control que manipule el acceso, no responda y sea necesario liberar dicho acceso de forma mecánica.
    Otro caso es poder liberar el control de acceso de una central de extinción de incendio (gabinete con una manguera en su interior) usando el mismo criterio de lo planteado anteriormente.

    De antemano muchas gracias.
    Saludos.

    1. Estimado David,
      Hay variadas soluciones pero creo que tu pregunta no la comprendo bien. No obstante me permito lanzarte reflexiones:
      Si es ruta de evacuación, no puede estar bloqueada con control de acceso en el lado evacuación y únicamente podría retenerse bajo normativa EN13637. Si no es ruta de evacuación y simplemente se quiere poder acceder en caso de fallo, basta con instalar actuadores abiertos en ausencia de tensión fail safe.
      Otra opción habitual es instalar un bombillo mecánico con llave de seguridad (bien custodiada) para garantizar un acceso mecánico de emergencia en caso de necesitarse.

      Seguramente requiera una reflexión más profunda con todos los datos. Te recomiendo contrates un servicio de asesoría para este asunto.
      Muy amable por tu consulta.

  57. Buenos días Angel
    para puertas de colegio es posible montar una puerta que lleve el anti pánico y que ademas se pueda cerrar con llave desde el exterior ,LO CUAL NO AFECTE AL FUNCIONAMIENTO DEL ANTIPANICO

    1. Hola José
      Es perfectamente válido. Hay que adquirir barra antipánico con bloqueo y desbloqueo de cerrojo desde lado exterior. Es muy habitual. Saludos

  58. Buenos días.

    En una puerta de emergencia de un local que lleva antipánico, ¿se puede colocar una cerradura con llave manual en la parte de afuera? si no se puede, ¿dónde podría consultar la normativa que me de está información? no la encuentro.

    Un saludo

    1. Estimado Francesc,
      Se puede instalar llave exterior, siempre y cuando no bloquee la accion interior de salida libre. La llave solo debe evitar que de acceda libremente desde el exterior. Sobre consultar normativas, no es posible, las normativas se compran en AENOR. Saludos

  59. Buenos días:
    El edificio en el que trabajo tiene un parking con un único portón de acceso para vehículos. Es un portón automático. No cuenta con una entrada peatonal.
    ¿Podrían evacuar en caso de emergencia los ocupantes del parking por ese portón tal cuál está ahora?
    Si la respuesta a la pregunta anterior fuera negativa, si se abriera una puerta «peatonal» dentro de ese portón con barra antipánico que abriera hacia afuera y que solo pudiera utilizarse en caso de emergencia, sería válida la evacuación por esta vía o habría que hacer una puerta peatonal independiente al portón.
    Muchas gracias.

    1. Estimado Luis,
      La salida de emergencia debe ser mecánica, intuitiva y fácilmente accesible, de forma que no sirve el portón automatizado. Sirve una puerta integrada en el portón (puerta paso hombre) o puerta adicional separada del portón. Ambas con barra antipánico y señalética.
      Saludos.

  60. Estimando buenas tardes le escribo porqué tengo un galpón de 180 metros cuadrados. El cual tiene un portón corredizo de salida al patio y otro con una puerta. Con apertura hacia afuera es decir a la vereda. Puede esta puerta que es de fácil apertura tomarse como puerta de emergencia. La misma abre hacia afuera y no esta c llave. Otra consulta las puertas de emergencia siempre deben abrir hacia afuera? Gracias

    1. Estimada Carolina,
      En salidas de emergencia se tienen diversas consideraciones como nivel de ocupación, tipo de uso del recinto, número de salidaseguridad disponibles … digamos que las decisiones son variables y cada caso requiere su estudio.

      Agradezco su pregunta pero no tiene respuesta por falta de datos. Le recomiendo consultar a quien realizo el estudio. Saludos.

  61. Hola,
    me gustaría conocer si en una puerta de salida de emergencia de simple hoja, ya con barra antipánico, puedo instalar un cerradero eléctrico para poder abrir desde el exterior (tipo telefonillo).
    ¿vale un cerradero normal o tiene que ser especial para puertas de emergencia?
    Gracias

    1. Estimado Fran,
      Seguramente la puerta sea también cortafuegos EI. Si fuera así, el cerradero eléctrico debe ser también EI (cortafuegos). Sobre si se puede o no instalar, siendo puristas, la normativa no permite modificaciones sobre la puerta para evitar la rotura de puente térmico pero muchas personas lo instalan … ya depende de vuestro presupuesto para poder contratar a una empresa especializada o al propio fabricante de la puerta o a un cerrajero tradicional. Saludos.

      1. Es una puerta de salida de emergencia, hacia la calle. Sin tránsito diario.
        Se quiere poner el cerradero para que en contadas ocasiones alguien pueda entrar desde la calle a la nave.

  62. Buenos días, vivo en una comunidad de vecinos y mi portal tiene dos salidas a la calle, la principal que es por el portal y una segunda que es por la de emergencia y también accede a la calle con un pequeño atajo que es la que utiliza el 99% de los vecinos. Vivo en un primero justo encima de esa salida y el ruido es constante desde las 5 de la mañana. Mi pregunta es,se puede aplicar alguna normativa para que ésta puerta de emergencia sólo sea usada para una emergencia y salir por el portal?… Gracias

  63. Buenas tardes Ángel, ¿Se puede usar una salida de emergencia como puerta normal?
    Tengo instalada una puerta con barra antipánico en un taller con salida directa a la calle y en su plan de autoprotección está especificada como salida de emergencia, al tener esa cerradura una llave por el exterior algunas personas la usan para entrar al taller.

    1. Estimado Domingo,

      Si se puede. No hay ninguna incompatibilidad salvo la que indique el propietario en el sentido de si quiere dejar la puerta solo como uso de emergencia o también como uso de entrada habitual. Saludos.

  64. Hola, Ángel:
    Vivo en una comunidad formada por varios bloques de pisos y con escaleras y ascensor hasta las dos plantas del parking. El parking es público y está abierto las 24 horas.
    El propietario del parking, además de las vías de evacuación ya existentes, afectó la puerta de acceso desde el parking a la escalera de vecinos como una vía de evacuación adicional.
    Mi pregunta es la siguiente: ¿cómo podemos evitar que suban personas ajenas a la finca en un parking abierto las 24 horas del día? ¿Hay algún mecanismo para que los vecinos podamos acceder desde el parking a nuestra escalera y las personas ajenas a la finca no?
    Gracias.

    1. Estimada Rosa,
      No puedo indicarte porque depende de la carga ocupacional del Parking y de la servidumbre de la comunidad. También de la distribución de escapes y salidas. Siento no poder concretar. Saludos.

  65. Buenas tardes Ángel:
    Trabajo en un centro educativo donde existe una puerta de emergencia y una puerta de acceso al centro que es usada como salida de evacuación en caso de emergencia.
    Según el RD 486/1997 de Lugares de Trabajo «Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas».
    La puerta de emergencia está cerrada con llave, pero tiene la llave colgada al lado a una altura que los niños no llegan. ¿Podría decirme si esta solución puede permitirse?
    Ocurre lo mismo con la puerta principal, que es la otra salida de evacuación ( no de uso exclusivo de emergencia), En este caso la llave también esta colgada al lado de la puerta. Según el 486/1997″ . Las puertas situadas en los recorridos de las vías de evacuación deberán estar señalizadas de manera adecuada. Se deberán poder abrir en cualquier momento desde el interior sin ayuda especial. Cuando los lugares de trabajo estén ocupados, las puertas deberán poder abrirse. En el caso de puertas de evacuación (uso no exclusivo de emergencia) ¿podría permitirse tener una llave colgada al lado de la misma y que esto se considere técnicamente adecuado?.En el real decreto no se hace referencia explicita a que estas ultimas no puedan estar cerradas , tal y como se especifica con las de emergencia.Solo dice que podrán abrirse desde el interior sin ayuda especial.
    El centro lo justifica en base al peligro que corren los niños en caso de escaparse del centro o de que alguien pueda entrar por la principal sin ser visto.
    Podría ayudarme? ¿Se considerarían validas ambas con la llave colgada al lado? solo la de evacuación? o ninguna
    Muchas gracias.

  66. Buenos días Ángel,

    Antes que nada felicitarte por este sitio, muy interesante.

    Quería saber tu opinión sobre las puertas rápidas en establecimientos industriales, que además deben funcionar como salida de evacuación. Se comercializan puertas rápidas de lona con salida de emergencia integrada mediante un sistema de apertura por presión, de manera que ejerciendo un golpe o presión con las manos en el sentido de la evacuación, se libera la lona en su mitad, a través de un corte en «T» preexistente. Posteriormente, su armado al estado original es rápido y sencillo.

    No dudo de su utilidad, sin embargo no sé si normativamente esto está aceptado. También me planteo si se debería/podría asimilar a las condiciones requeridas en el DB SI 3, punto 6.5.a) «…permita su apertura abatible en el sentido de la evacuación mediante simple empuje con una fuerza total que no exceda de 220 N».
    Supongamos que estas lonas están ensayadas para que se abran ejerciendo una presión inferior a 220 N (lo desconozco), ¿se aceptaría la consideración de puerta «abatible»?.

    Gracias por tu atención.
    Carlos

    1. Estimado Carlos,
      La pregunta tiene matices importantes que no puedo contestar. La normativa indica que debe ser de fácil apertura, con una sola acción. Después comienzan las consideraciones en función de si es zona de pública concurrencia o privada y su aforo. También se considera si es salida principal de planta, salida secundaria o salida de zona.

      Todas estas consideraciones son relevantes para determinar la idoneidad de una salida, su equipamiento y sentido de apertura.

      No obstante, son cuestiones que yo no debo determinar, ni inducir a posibles errores por falta de información. Requieres contratar a un consultor o al arquitecto que realizó el proyecto o realizar la consulta a la oficina técnica correspondiente.

      Muy amable por tu comentario.

  67. Buenas tardes,
    En un edificio de viviendas y garajes, en los que existen usuarios de garaje que no lo son de las viviendas, hay tres posibles salidas de garaje, dos de emergencia que comunican con al planta baja de viviendas y otra de salida al exterior, que es la que se supone deben utilizar los no residentes. Se pretende controlar el acceso a la planta baja mediante una cerradura eléctrica con sistema de desbloqueo por fallo de suministro y complementado con un pulsador de apertura retardada. Mi pregunta es si existe algún problema ante esta situación al tratarse de vías de evacuación. En el caso que no exista impedimento recomendarías alguna casa comercial ?

    Gracias y saludos,

    1. Estimado Carlos,

      Los usuarios deben poder salir por la salida de emergencia más próxima a su localización, por esa razón disponéis de 3 salidas (que consideran aforo y distancias).

      Los retardos de salidas de emergencias solo están permitidos en situaciones concretas y con dispositivos concretos. Debéis consultar los cálculos de aforo y distancias de vuestro garaje para escapes principales y secundarios … después contratar a un consultor de sistemas y que realice una prescripción adecuada.

      Si vais directamente a una marca por ahorrar costes de consultoría, corréis el riesgo de equivocaros y malgastar tiempo y dinero.

      Gracias por tu consulta.

    1. Estimado Luis,
      No entiendo el sentido de tu pregunta. No se que contestar. ¿Cerrada o bloqueada? Si está bloqueada, buscar otra alternativa. Si te refieres a denunciar o no, depende del plan de evacuación que esa sala tenga aprobado. En términos generales diría que es irregular que la salida de emergencia de un cine se encuentre bloqueada y podrías pedir hoja de reclamaciones y después entregarla en los organismos oficiales para una inspección. Saludos.

  68. Hola. Hoy he podido comprobar que en el edificio donde se ubica mi oficina hay una salida de emergencia con posibilidad de abrir desde dentro hacia fuera. Mi sorpresa ha sido mayúscula cuando he visto que también e puede abrir de fuera hacia dentro con una manivela, de forma que puede colarse alguien en cualquier momento. ¿Debe estar así o ppr el contrario debe permanecer cerrada? Trabajamos en la oficina también de noche y no me siento segura.

    1. Estimada Rocio,

      Es perfectamente válida o puede bloquearse el acceso desde el exterior, todo depende del criterio que se quiera. No obstante es un tema que debes tratar con tu departamento correspondiente. Saludos

  69. Buenos Días, me gustaría hacerle una consulta que nos trae de cabeza a mis compañeros y a mi. El centro comercial en el que trabajo, tiene pletinas en todas las puertas de emergencia para ponerles candados por la noche. Siempre hay un vigilante dentro del centro y otro en el exterior. La práctica totalidad de las noches hay personal trabajando en tiendas. Nos obligan a poner los candados durante la noche en cada puerta de emergencia, quedando el centro comercial cerrado totalmente. Tengo varias preguntas, la primera es, si en el caso de que estuviesemos solo los vigilantes, podrían echarse los candados. La segunda es, si la simple colocación de pletinas para echar el cierres es legal, pues podría llegar cualquiera y echar sus propios candados y provocar una masacre. Y la tercera es, que consecuencias nos puede acarrear el obedecer la orden no escrita tanto de empresa como cliente. Si fuera tan amable de contestar, nos sería de gran ayuda. Muchísimas gracias.

    1. Estimado Jaime
      Tu pregunta es de tipo legal y no t´ñecnica. Este blog trata de resolver cuestiones técnicas. No ebtro en estos temas a asesoramiento a empleados. SUgiero que consultéis a vuestro departamento de riesgos laborales que son los que pueden y deben atenderos. Gracias y saludos.

  70. Como es posible bloquear una salida de emergencias es inconcebible y mucho menos poner un candado o una cadena estamos locos o poner un aparato electrónico para abrir la puerta y si se marcha la luz por favor tiene que ser un paso libre de obstáculos vamos no puede haber ni un escalón

  71. Hola, queria saber si existe alguna legislacion vigente que permita aplicarle alguna sanción a alguien que utilice una salida de emergencia cuando no existe emergencia alguna, gracias.

    1. Estimado Borja
      Las salidas de emergencia están para usarse y no me gustaría vivir en un país donde el legislador también sancione por usar puertas de emergencia.
      No existe la posibilidad de sanción y espero que nunca exista. Gracias

      1. Gracias por tu respuesta Ángel. No me malinterpretes, me parece logico lo que dices y estoy de acuerdo, te lo preguntaba porque trabajo en un aeropuerto y hay una zona exterior de un parking de paso publico que no es ninguna zona restringida por temas de aeropuerto que han cerrado recientemente y solo han dejado puertas de salida de emergencia lo que nos obliga a los que aparcamos por alli a dar un rodeo grande para salir y han puesto en las puertas unos carteles diciendo que si se usan indebidamente se aplicara sancion segun legislación, asi que queria saber si era cierto o se estaban marcando un farol que es lo que yo creo. Gracias de nuevo.

  72. Saludos,
    Tengo una duda, tenemos un garaje comunitario edificado por el ayuntamiento pero luego vendido a la comunidad (o algo asi) la cuestion que es privado y cada plaza es 100% de cada propietario sin plazo de tiempo.

    La unica entrada peatonal que tenemos es una puerta de metal con barra de emergencia. El problema que tenemos es que para salir no hay problema, apretamos la barra y se abre, pero para entrar, es bastante complejo porque hay que abrir con una llave y como la puerta pesa mucho y abre hacia afuera resulta muy incomodo y al final mucha gente con una mano ocupada no puede tirar del tirador y aprovecha la propia llave para tirar lo que acaba estropeando la cerradura.

    Mi duda es:

    Es posible poner una bisagra doble en una puerta de seguridad, para que abra hacia afuera con la barra y hacia adentro usando la llave?

    O tal vez poner algun tipo de cerradura que al abrir la puerta «salte» un par de centimetros hacia afuera y se quede abierta de forma que con una sola mano puedas sacar la llave y tirar de la puerta… es posible es?

    Gracias por la respuesta.

    1. Estimado Abraham
      Poner bisagras es desaconsejable porfuncionalidad. Además no podrás por normativa porque seguramente la puerta sea EI. Existen muelles abre puertas motorizados que te ayudan a abrir la puerta pero son equipos de 2000€.

      Mi recomendación es cambiar la puerta y sanear todo. Si compráis algo de calidad os durará otros 5 o 7 años. La solución no es poner más equipamiento sobre algo que ya está mal.

      Gracias por tu consulta.

  73. Buenas Angel,

    En mi casa las viviendas salen a un pasillo distribuidor que para llegar a los ascensores y escalera hay que pasar por una puerta cortafuegos que tiene una barra antipanico.

    Lo que ocurre es que esta barra antipanico tiene el cierre embutido en la puerta y el otro día se rompió la barra ya que no funcionaba el accionamiento y nos quedamos encerrados, con el peligro que esto hubiera sido si fuera evacuación por incendios (hay nueve plantas).

    Me han comentado que en vía de evacuación se debería poder haber abierto la puerta deslizando el dedo en el cierre si la barra no funciona. He visto otras puertas en otros sitios y el cierre esta visto no embutido en la puerta. Existe una normativa que obliga a que el cierre quede visto?

    Muchas gracias por tu respuesta

    1. Estimado Carlos

      No hay ninguna normativa que obligue a cierres vistos u ocultos porque no tiene mayor relevancia. El problema es que la barra antipánico, su instalación y ajustes en la puerta eran defectuosos o viejos (sin mantenimiento) y seguramente esta sea la razón de su deterioro. La recomendación es sustituir el equipamiento por otro de mayor calidad y si no se pudiera, recomiendo cambiar la puerta entera.

      Gracias y saludos

  74. Buen día Angel:

    Tengo una cuestión, cual es la justificación técnica de que las puertas de emergencia lleven cierrapuertas automático, o que no lo lleven?

    porque muchas lo tienen instalado y esto provoca que al salir la puerta esté empujando a las personas que están evacuando.

    1. Estimado David

      Los muelles cierrapuertas tienen una presión concreta para poder cerrar puertas. Tienen regulación y deben tener mantenimiento. Si tienes esa percepción, quizás no han sabido acertar con el modelo de muelle, su ajuste y su mantenimiento. Todas las puertas EI deben estar cerradas para hacer sector de incendios. Esta es la razón técnica.

      Gracias por tu consulta.

  75. Estimado Angel;
    Sobre un novedoso invento que he realizado y probado, he escrito un detalle del mismo en un articulo publicado en Accesibilidad Gloval.
    Si te interesa ver el detalle de lo que he realizado, te comento que es un Sistema realizado con cabinas que se instalan en la emergencia por el personal idóneo que acompaña el móvil de Rescate.
    De ser necesario evacuar a las personas, retirándolas y dejándolas a salvo 3 pisos mas abajo para sacarlas del peligro inmediato, se pueden llegar a evacuar entre la dos cabinas aproximadamente 400 personas por hora. Si se dejan en planta baja el tiempo depende de la altura del edificio, las cabinas suben o bajan 18 pisos en tres minutos, tienen capacidad para 6 personas. Desde ya muy agradecido por tu opinión.

  76. Hola Angel,
    Estupendo artículo. ¿Tienes alguna nueva noticia en cuanto a la aprobación en España de la normativa EN 13637 ó en qué estado se encuentra?
    Gracias.

    1. Gracias Vicente
      De momento sin novedad, no obstante sé que la empresa GfS mediante su distribuidor nacional INN.SOLUTIONS expondrá soluciones en la feria Sicur 2016. Si eres profesional y visitas la feria, sugiero que contactes con ellos y seguro que tienes novedades en evacuación (pabellón 8).
      Gracias y saludos

  77. Estimado Angel,
    Primero de todo gracias por tus comentarios, todos de gran utilidad. Tengo una consulta concreta sobre centros educativos. La escuela tiene varias salidas a la calle, todas ellas cerradas con llave. En caso de emergencia, tienen varias personas asignadas que se dirigen a la puerta y abren, pero no es seguro. Se niegan a tomar otro tipo de medias, porque no quieren que se vayan los estudiantes por una puerta que se pueda abrir con facilidad desde dentro. ¿Qué se puede hacer en estos casos? ¿Hay alguna medida para poder evacuar con seguridad y a la vez impida que los niños puedan escaparse? Como delante hay una calle de mucha circulación, también temen que pueda pasar algo si salen. Muchas gracias

    1. Estimado Ramón
      La situación que tenéis es de total irresponsabilidad, no solo por parte del centro sino también por parte de los padres que lo consienten. En el caso de que ocurra algún percance, tendréis problemas legales y de coberturas de pólizas … a parte de la posible desgracia personal. Las puertas no se pueden bloquear pero se pueden retardar en su apertura o se puede disuadir de su uso.

      Hay varios sistemas posibles pero depende de tipo de instalación, rutas de evacuaciones principales y secundarias, también del horario de vigilancia … No te puedo dar una receta mágica sin verlo con detalle. Podéis consultar al ayuntamiento de turno y recuperar los planos de evacuación para poder comenzar a pensar en propuestas.

      Gracias por tu consulta.

  78. Estimado Ángel:
    Trabajo en un edificio en el que hay una única salida y entrada (una puerta de doble hoja, con manilla por el exterior y barra antipánico por el interior). Recientemente, para controlar los accesos al edificio han instalado un sistema electrónico por el cual la puerta está permanentemente bloqueada y para abrirla (tanto desde dentro como desde fuera) hay que pasar una tarjeta por un lector dispuesto en la pared adyacente a la puerta.

    Las personas que trabajamos en este centro estamos preocupadas porque sentimos que si ese sistema electrónico falla, podemos quedar atrapados dentro en caso de emergencia. Insisto en que es un edifcio que sólo tiene es acceso (edificio de oficinas de dos plantas con unos 70 trabajadores).

    ¿Es legal bloquear la barrera antipánico y permitir sólo su apertura con este lector de tarjeta?.
    Muchas gracias por su interesante artículo y por la información.

    1. Estimada Laura

      Desgraciadamente hay propiedades que desconocen el riesgo que asumen al bloquear salidas de emergencia.

      Desde el punto de vista técnico no es recomendable y entiendo que no es legal a día de hoy, aunque desconozco si el edificio tiene alguna salvedad técnica o de licencia que se lo permita. En cualquier caso será muy fácil de quitar en el momento que el departamento de personal o el de prevención, reciba una queja escrita.

      Si existe 1 sola salida, lo considero una irresponsabilidad técnica importante. Efectivamente puede dejaros bloqueados ante fallo técnico y/o fallo mecánico de alguno de sus componentes (ambos fallos habituales).

      Además, en evacuación Safety (salvaguarda de las personas) no solo se considera un incendio, puede existir una evacuación o situación de pánico ante una inundación, derrumbe o una persona agresiva y en todos los casos es obligatoria garantizar el escape. En estos casos el sistema automático de desbloqueo no funciona puesto que no existe alarma de incendios.

      Espero haberte ayudado.

  79. Buenas tardes,

    Me ha gustado mucho el artículo, abordas el tema desde todas las perspectivas y de forma muy clara.
    De todos modos, si ya se ha aprobado la nueva normativa EN13637, me imagino que para que se permita instalar este sistema de puertas en España, tendrá que venir recogido en el Código Técnico de la Edificación, hasta entonces, los bloqueos de puertas de emergencia mediante electroimán, no son admisibles. ¿Sabes si tardarán mucho en incorporar esta normativa en el CTE?

    Muchas gracias y un saludo

    1. Estimada Ana Belén

      Desconocemos el plazo porque depende de cada legislador, además en España se complica un poco más por las competencias de diferentes autonomías. En términos normales, debería estar permitido para Enero 2016. En estos momentos la normativa europea está en el proceso de voto formal que tiene que pasar 5 meses aprox. En mi opinión, este avance es tan importante para tantas situaciones sociales y de protección que no le quedará más remedio a los ayuntamientos que ir permitiendo su uso aunque no esté en CTE.

      De momento toca esperar hasta Enero 2016.
      Muy amable por tu consulta y comentarios.

      1. Buenos días,
        Estaba pendiente de la publicación de la norma EN13637, y ya está disponible en AENOR, con fecha de ayer 01/06/2016, a quien pueda interesar.

        Un saludo,

    2. Muy buen artículo. Tengo una pregunta: En un bloque de oficina, que queda cerrado a las 22 horas sin acceso de nadie hasta las 8 de la mañana, ¿se pueden cerrar por dentro las puertas de emergencia, para evitar intrusismo en ese horario?

      1. Estimado Antonio

        Normalmente si se pueden bloquear aunque en buena lógica no seria necesario porque las puertas siempre están cerradas desde el exterior. El problema de las salidas de emergencia es que son utilizadas de forma indebida, normalmente con apoyo de personas que están en el interior, para acceder sin control y transportar mercancía.

        Sugiero no bloquearlas con cerrojos o cadenas físicas adicionales al sistema principal del cierre, aunque es lo más sencillo y económico, no es profesional, ni sensato. Es mejor utilizar bloqueos de electroimanes comandados en remoto o cerrojo físico integrado en el sistema de cierre.

        Gracias por su consulta.

  80. Buenos días,en mi comunidad la salida de emergencias es la azotea del edificio que conecta con otras tres porterías. Tenemos problemas de gente que sube a los perros a orinar allí y muchos proponen cerrar con llave…no se si es posible. También que la comunidad jo ha colocado ningún dispositivo de señalizacion para evacuar el edificio ni tampoco extintores en ninguna debías plantas… Es obligatorio? Es complementario a la seguridad?? Gracias

    1. Estimada Ana

      Las salidas de emergencia no se pueden bloquear. Únicamente podéis restringir su uso con control de acceso si esta salidas son secundarias y no principales. Los extintores y señalética son obligatorios. Debéis consultar vuestro plano de evacuación o contratar a un consultor para organizar todo.

      Gracias por tu consulta.

  81. Hola tenemos un problema en el portal de la comunidad, teníamos una puerta de acceso desde el rellano o ascensor al garaje de la finca en la que abríamos con llave para salir al garaje después para entrar desde el garaje a la finca solamente con accionar el picaporte accedíamos al rellano de la finca. ahora hemos instalado una puerta antipánico y han colocado la barra por dentro del rellano,empujando para entrar al garaje, y después al salir de este,tenemos que utilizar la llave,algunos vecinos dicen que debería estar instalada al revés ateniéndose a la normativa, el albañil dice que no. que el se ha enterado y la puerta está bien colocada,la salida a la calle a través del garaje una vez que estamos en el coche es en una puerta con mando. ¿me podrían decir si la puerta antipánico se debe colocar como dice el albañil o la comunidad? muchas gracias

    1. Hola Jesús

      Manda el plan de evacuación de la finca. Debéis consultarlo. En principio no es habitual evacuar desde planta calle (portal) hacia el garaje (nivel bajo rasante). En mi opinión, la barra antipánico debe estar desde el garaje hacia el hall del portal y lógicamente con pomo fijo y llave desde el hall portal hacia el garaje.

      No obstante hay que consultar el plano de evacuación por si en su caso, la finca tiene algún condicionante especial. Es importante porque la comunidad es responsable de cualquier incidencia.

      Gracias por la consulta.

  82. Estímado Angel,

    Tengo una pregunta referente al simulacro de incendio en el Instituto de Boadilla del Monte que mencionas en tu artículo. ¿Está prohibido que una de las puertas de una puerta de doble hoja este bloqueada? Mi planteamiento es, si a pesar que una de las puertas de doble hoja esté bloqueada se cumple con la anchura establecidas para salidas de evacuación según la capacidad y de acuerdo al Documento Básico DB SI: Seguridad en caso de incendio del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación ¿esto se consideraría como bloquear una de las salidas de emergencia? Si no me equivoco la fórmula establecida en el código técnico de edificación es A ≥ P / 200 ≥ 0.80. Imaginemos que son 30 personas en una oficina, si aplicamos la formula dado que el resultado es menos que 0,8 la salida de emergencia debería, según mis cálculos, tener una anchura de 0,80 metros. ¿Esto sería incorrecto?

    1. Buenas tardes,
      Interpretar siempre tiene dificultades porque acertar o no, depende de la redacción del texto, años de aprobación de la licencia, la zona, instalación e inspector. En el caso de mi ejemplo no hay duda, sí estoy en un entorno de pública concurrencia con más de 200 personas (instituto) y la salida principal de emergencia desemboca en una puerta EI de doble hoja con antipánico en ambas hojas, no tiene ningún sentido que una de las hojas esté empestillada. Incumple normativa y sentido común. Ambas.

      Tampoco es aceptable que la hoja inactiva no disponga de muelle cierrapuertas ni selector de cierre. Y de esta forma hay miles de puertas instaladas en España.

      La buena noticia es que ya se ha aprobado la nueva normativa EN13637, la cual, nos permitirá afrontar situaciones que hasta ahora eran imposibles.

      Muy amable por tu consulta

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Conoce al autor

José Miguel Ángel Olleros
Consultor | Educador de seguridad física

Soy tu consultor de seguridad física contra el delito y comencé en seguridad en 1990.

A veces me contratan para evaluar el riesgo de robo en viviendas y proponer medidas de protección, y a veces, me contratan para ejecutar proyectos de seguridad física en edificios e infraestructuras críticas.

También soy educador en sistemas, procedimientos y enfoques de seguridad. Tengo mi propio método educacional neurodidáctico, con el que acompaño a los profesionales en su capacitación y desarrollo.

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